El Boletín Oficial del Estado nos trae esta semana varias normas de considerable importancia como, por ejemplo, la Leyes de Seguridad Alimentaria o la del uso de las tecnologías de la información en la Administración de Justicia publicadas hoy 6 de julio.
Aparte de lo anterior, merece la pena destacar tres disposiciones de especial importancia: Por un lado, destaca la reforma de la Ley Orgánica de represión del contrabando, cuyo fin principal consiste en establecer nuevos mecanismos de control del comercio internacional de materiales de defensa y tecnología, que puedan ser empleados en la generación de energía nuclear, agentes químicos y biológicos o ser utilizados para la tortura.
Por su parte, la Ley de Auditoría de Cuentas —que deroga la Ley del 88—, nos ofrece un texto sistemático y unificado, comprensivo de la normativa aplicable a la actividad de auditoría. Secumple así con la previsión recogida en la Ley 12/2010, de 30 de junio, que autorizó al Gobierno a elaborar un texto refundido de la Ley de Auditoría y que, hasta la fecha, había supuesto la modificación más relevante de la vieja ley.
Aparte de las dos normas anteriores, se ha publicado en el BOE el esperado Real Decreto de los recursos sanitarios de los servicios de prevención, donde se establecen los requisitos técnicos y las condiciones mínimas exigibles a dichos servicios para el mantenimiento de los niveles de calidad en su funcionamiento.
En el apartado de preguntas con respuesta nos planteamos cuáles son las modalidades que puede adoptar el acogimiento familiar de un menor. Atendiendo a su finalidad, puede tratarsede un acogimiento familiar simple (de carácter transitorio), permanente (cuando la edad u otras circunstancias del menor y su familia así lo aconsejen) o preadoptivo.
En el bloque “Jurisprudencia al Día” —además del Auto de la Audiencia Nacional dictado en el marco de la mediática operación saga contra ciertos cargos de la Sociedad General de Autores— cabe destacar la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que considera ajustado a derecho el despido de una empleada por utilizar de modo indebido y abusivo los medios tecnológicos de la empresa.